Devolución de dinero de Air Madrid
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Devolución de dinero de Air Madrid

¿Eres uno de los afectados por el cierre de Air Madrid en 2006 y todavía estás esperando a cobrar los billetes de avión que no pudiste usar? Este artículo te desvelará las últimas novedades.

En el artículo de hoy hablaremos de:

  • ¿Avances en la devolución del dinero?
  • Condiciones para cobrar el billete
  • Formas de pago y fechas

Hace 5 años que Air Madrid dejó en tierra a sus pasajeros debido a que cesaron sus operaciones y desde entonces, los pasajeros han estado intentando cobrar sus billetes.

¿Avances en la devolución del dinero?

Tras cinco años de espera parece que todos los pasajeros que se vieron afectados por el cierre de Air Madrid, al fin podrán cobrar el dinero de los billetes que no pudieron utilizar por la misma causa.

Finalmente, ha sido el Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid donde se ha aprobado el convenio de liquidación y pago de la compañía con fecha 10 de enero de 2012. Ha sido en este juzgado donde se ha estado llevando a cabo el concurso de acreedores de la aerolínea.

Desde el mes de enero se ha abierto un proceso en el que los afectados podrán pedir la devolución del importe de sus billetes.

Condiciones:

  • Sólo se cobrarán los que no pudieron volar desde el 15 de diciembre de 2006.
  • Aquellos que volaron a los destinos que habían contratado previamente con Air Madrid en los vuelos que puso el Ministerio de Fomento, no cobrarán sus billetes.
  • Por la misma, aquellos viajeros que aceptaron volar con otra compañía al destino contratado con Air Madrid no cobrarán el billete.

Formas de pago y fechas

Se han estipulado dos formas de cobrar los billetes, bien sea por pagaré o por transferencia bancaria.

  • Pagaré: Previamente debes reservar cita con Air Madrid a través de su web o por vía telefónica para que te indiquen en qué momento debes de acudir a la sede de la aerolínea (San Sebastián de los Reyes, Madrid) y, allí se les dará el pagaré sin coste adicional. Se prevé que el pago se realice 31 de diciembre de 2012 o antes.
  • Transferencia bancaria: El cliente debe de poner en su escrito que quiere cobrar el importe de los billetes a través de una transferencia y poner los números de la cuenta bancaria correspondiente. Se espera que se cobre 10 días antes de que pase el año por lo que más o menos, el 31 de diciembre de 2012.
Esperemos que en poco tiempo los afectados puedan conseguir, por fin, cobrar sus billetes y disfrutar de nuevos viajes. Lo curioso es que ésta no ha sido la única vez que ha ocurrido esto, tenemos el ejemplo de Air Comet, por ello consideramos que es fundamental que todos los viajeros tomemos la responsabilidad de conocer nuestros derechos como pasajeros y la gestión del pago de billetes.

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